Un artículo de Fabián Fernández de Alarcón
socio de Invertica Irels y Juan Antonio Tejero, Director General de Fire Global Solutions
La actual operativa logística necesita de naves más versátiles y seguras. Hoy el porfolio de naves antiguas dificulta las operativas por la dificultad de obtención de licencias y permisos para la actividad.
Pero la promoción de naves logísticas está teniendo unos problemas graves a la hora de legalizar los proyectos, y no por falta de voluntad de que éstos cuenten con las máximas garantías e instalaciones de seguridad contra incendios, sino por falta de adecuación de la normativa aplicable (el Real Decreto 2267/2004 de Seguridad en Establecimientos Industriales, conocido como RSCIEI).
Los sectores máximos de incendios (superficie), los recorridos máximos de evacuación (metros lineales), y los requerimientos de instalaciones concretas (evacuación de humos y cortinas, rociadores, bocas de incendio, etc.) parecen estar pensados en el RSCIEI -que se aprobó en el 2004 pero ya estaba redactado integralmente, salvo cambios menores, desde 2002- con una óptica más enfocada a naves industriales convencionales. Y las prestaciones de los edificios, y no digamos ya de los nuevos sistemas de detección, por ejemplo, o de extinción, han variado radicalmente. Y no digamos ya las dimensiones de los edificios, y de las maquinarias elevadoras, sistemas automáticos y software de gestión de almacenes y flotas que han permitido unos inmuebles en los últimos años, inconcebibles hace 20 años.
Pero la normativa permitió, en su Artículo 1, cumplir los mínimos exigibles para la seguridad de las personas, los bienes y los edificios, o bien cumpliendo estrictamente las determinaciones del propio Reglamento y sus anexos, o bien “b) Por aplicación, para casos particulares, de técnicas de seguridad equivalentes, según normas o guías de diseño de reconocido prestigio para la justificación de las soluciones técnicas de seguridad equivalente adoptadas, que deben aportar, al menos, un nivel de seguridad equiparable a la anterior. Esta aplicación de técnicas de seguridad equivalente deberá ser justificado debidamente por el proyectista y resueltas por el órgano competente de la comunidad autónoma”.
¿Qué es lo que ocurre? Pues que ante la obsolescencia de la norma, y práctica imposibilidad de cumplirla cuando se superan ciertas dimensiones, y ante la necesidad de avanzar la construcción de los edificios logísticos para dar respuesta a la demanda que no puede esperar entre 12 y 18 meses (según plazos de concesión de licencia), pues los promotores de dichos edificios llevan al menos ya 5 o 6 años proponiendo “técnicas de seguridad equivalentes”, mediante cálculos prestacionales y modelizaciones del comportamiento al fuego de los edificios, de manera “universal”, y no particular. Es decir, para la gran mayoría de los proyectos.

¿Qué se logra con estos diseños prestacionales?
- Mejorar el funcionamiento y seguridad para la evacuación de humos, evacuación de personas y actuación de bomberos (SCTEH), evitando generalmente las incómodas cortinas.
- Optimización de Exutorios dado el mejor funcionamiento del SCTEH.
- Justificando recorridos de evacuación mayores sin reducir la seguridad de los evacuados.
- Justificando sectores de incendios mayores sin reducir la seguridad del inmueble ni la de los ocupantes.
- Justificando el comportamiento de los elementos estructurales de edificio ante un incendio en tiempos iguales o superiores a la que pide la norma.
Los establecimientos industriales se caracterizarán por su configuración y su nivel de riesgo intrínseco.
Lo más determinante para “entrar en las tablas” en su configuración en cuanto actividades. Será Tipo A si, siendo multiactividades (multi-inquilino), la estructura portante común con otros establecimientos, Tipo B si, siendo multiactividades (multi-inquilino), el posible colapso de la estructura no afecte a la medianería ni a la cubierta de la nave colindante, y Tipo C si el establecimiento industrial ocupa totalmente un edificio, o que está a una distancia mayor de tres metros del edificio más próximo de otros establecimientos.
En el otro lado de las tablas, para entendernos, estará la carga de fuego del edificio, que se calcula con fórmulas más o menos complicadas con todo lo que contendrá el edificio según se declara en el Proyecto de Actividad (otra complicación para promover un edificio a riesgo que pretendo ofrecer a diversos operadores con negocios diferentes).
Y en función de ambos parámetros (Tipo de Edificio y Carga de Fuego), resultará un Nivel de Riesgo Intrínseco. Según esto, resultará que el Nivel de Riesgo Intrínseco puede ser Bajo (1,2), Medio (3,4,5) o Alto (6,7,8). El nivel de riesgo va a delimitar tanto la construcción del edificio como las instalaciones de PCI a instalar.

Todo esto se complica además con lo que permite la norma de aplicar, para el cálculo y dimensionado de instalaciones, no solo norma UNE (europea), sino normas NFPA (National Fire Protection Association).
Pero volviendo al tema, lanzando unas preguntas:
- ¿Cómo es posible que no podamos legalizar un proyecto multi-inquilino (Tipo B), o que según qué comunidad autónoma podamos o no, con sectores de 8.000 o 14.000 m², con recorridos de evacuación de 50 o 70 metros, por poner un ejemplo? Hay proyectos parados por este motivo, o avanzando con una inseguridad jurídica inaceptable. Cuando en esos edificios, perfectamente dotado de sistemas de rociadores ESFR (que apagan o extinguen la llama, no solo la confinan), con sistemas de alerta temprana por aspiración, con múltiples alternativas de evacuación y salida en varias fachadas, y sin presencia de “público de libre concurrencia”, pues solo hay operarios y trabajadores que conocen las instalaciones, en el peor de los supuestos se evacúa en 1 minuto todo el edificio.
- ¿Cómo es posible que en proyectos Tipo C, mono-inquilino, la aplicación estricta de la norma solo permita soluciones de pasillos de evacuación bajo la solera, auténticas ratoneras que nadie en uso de juicio, cuando salte la alarma en su nave, debería utilizar, y sin embargo si no las implantamos me obligue a convertir la nave en un panal, con sectores de 3.000 o 4.000 m²? Con el consiguiente encarecimiento del edificio, y haciéndolo muchas veces inviable para la actividad para la que se debe construir.
- ¿Cómo es posible que la norma lleve ineludiblemente a la instalación de exutorios, que en ocasiones han impedido el correcto funcionamiento de los rociadores, quemándose la nave bien ventilada? ¿Y que imponga unos depósitos de humos de máximo 2.000 m² (cortinas), que está demostrado que no mejoran la seguridad y en algunos casos la empeoran, bajando el nivel del humo y haciendo que no funciones rociadores que deberían hacerlo?
Con los cálculos prestacionales, se está consiguiendo, a nivel nacional, evitar las cortinas que separan depósitos de humos bajo cubierta, y optimizar la superficie de exutorios. Pero en algunos lugares exigen ventilación en fachada de manera independiente, en otros aceptan los muelles como entrada de aire si se conectan a la Central de Control.
También se consigue casi siempre las sectorizaciones a 240 minutos, y evacuaciones hasta 120 metros. Las empresas que pueden hacer la validación técnica independiente varían según qué comunidad autónoma (algo difícilmente explicable. Existen incluso comunicaciones públicas que recomiendan a algunas empresas privadas para ello). El edificio logístico multiplanta (algo ya común en otros países, en ubicaciones con falta de suelo), está considerado como tipo A y hay que llegar a diferentes acuerdos con las autoridades competentes para su construcción. Hay varias comunidades que disponen de reglamentación propia para estos casos y es necesario sentarse con las autoridades para acordar cada caso en particular. La promoción “a riesgo”, es decir sin cliente, de naves Tipo B, está ahora mismo muy comprometida en varias comunidades como Castilla la Mancha, en Madrid sin embargo sí es viable con un layout genérico de estanterías, y si el inquilino no se adecúa a este layout es posible que sea necesario realizar algún escenario de simulación adicional.
También se pueden proyectar edificios Tipo C (mono-inquilino) y dejarlo preparado para Tipo B (multi-inquilino), en el caso que la comercialización del edificio así lo exija. En este caso hay que dejar preparado el edificio para la futura conversión, cubierta independiente y posiblemente doble pilar medianero.
Sirva este artículo como reflexión y pregunta al aire a quienes tengan en su mano cambiar la situación. Necesitamos:
- Una norma clara que se aplique por igual en todo el territorio nacional. El fuego no entiende castellano, pero tampoco catalán. Y le da igual que los aragoneses sean más cabezotas que los manchegos.
- Una norma sencilla de aplicar, que no dependa de discrecionalidades de técnicos municipales y autonómicos (Industria, Bomberos). Parece lógico que tenga en cuenta la disposición del edificio en cuanto a actividades, y la carga de fuego, pero no otros parámetros que en la norma vigente se introdujeron y no conllevan más seguridad.
- Una norma actual, que reconozca y tenga en cuenta todos los avances tecnológicos de los últimos 20 años.

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